Suiza prepara la devolución de los fondos bloqueados al clan Báez

Suiza prepara la devolución de los fondos bloqueados al clan Báez

Salvo milagro, el Ministerio Público de la Confederación Suiza (MPC), le va a devolver a sociedades cuyo control se atribuye a Lázaro Báez 15 millones de euros bloqueados judicialmente en una fundación que administra la fiduciaria «Vistra» de Ginebra, saldo que la justicia federal de este país pudo encontrar los 55 millones presuntamente sacados ilegalmente de la Argentina en 2011, que destapara el 14 de abril de 2013 Jorge Lanata en el programa “Periodismo Para Todos”, destila una fuente cercana a la fiscalía helvética.

Las razones de la decisión, que pondría término a las diligencias del MPC, se deberían a la falta de respuesta del juez argentino, Sebastián Casanello, a lo requerido en dos peticiones suizas para determinar el eventual origen criminal de estos fondos, cuya desembocadura en diferentes bancos helvéticos pudieron corroborar las autoridades locales, que abrieron una investigación penal por blanqueo de dinero el 25 de abril de 2013.

La primera de esas solicitudes fue una carta del 26 de julio de 2013, manifestándole al juez Casanello que necesitaban un complemento de información para ejecutar su exhorto a Suiza de principios de aquel mes, donde pidiera la notificación de una de las cuentas que incriminaban a los Báez, identificada por la prensa en el Banco Lombard Odier de Ginebra. En esa comisión rogatoria Casanello apoyó su demanda en los artículos 277 y 303 del Código Penal, y enumeró las “personas sujetas a procedimiento judicial”, cronológicamente Jorge Leonardo Fariña, Federico Elaskar, Lázaro Antonio Báez, Martín Antonio Báez, Daniel Pérez Gadín y Fabián Virgilio Rossi.

Descontando los nombres de los implicados y los delitos, la epístola suiza reclamaba el “modus operandi” para delinquir, es decir el rol de cada uno y su participación concreta en los acontecimientos criminales susceptibles de imputárseles, para establecer “que esos fondos son el producto de la infracción perseguida o que las transacciones sospechosas conciernen los productos de tal infracción”, en el entendido que “debe existir un vínculo entre las medidas solicitadas, descriptas lo más precisamente posible, y la infracción que se persigue”.

De paso, le advirtieron a Casanello que “el solo hecho que una aumentación significativa de un patrimonio y/o de los gastos económicos sea inexplicable no es una infracción en sí y tampoco es suficiente para probar que una infracción se encuentra en el origen de esa aumentación”. Añadieron que el derecho suizo no contempla “un delito asimilable al de enriquecimiento ilícito”. Por ende, y a ojos suizos, el exhorto de Casanello no cumplía con “la condición de doble incriminación”, o sea que el delito indiciariamente invocado en Argentina presumiblemente no formaba parte del Código Penal suizo.

Para desactivar la controversia, el MPC invitó a Casanello a viajar a Berna para “clarificar las condiciones de la cooperación internacional en materia penal”. Luego se barajó una videoconferencia. La defensa del clan Báez se opuso y finalmente Suiza retiró su invitación. En ese contexto, una misiva de protesta de un abogado de los involucrados, dirigida al presidente suizo, Didier Burkhalter, denostando a su embajador en Buenos Aires, Johannes Matyassy, por su conjetural locuacidad ante el periodismo, precedió a que fuera relevado de su cargo.

No es desdeñable abundar que las pruebas documentales remitidas a Suiza en aquella coyuntura por la entonces diputada nacional Graciela Ocaña, gracias a los buenos oficios de Matyassy, fueron desestimadas para desencadenar la investigación penal iniciada por el MPC, que no las mencionó en ningún momento. Aparentemente se mantuvo a la espera que los bancos denunciaran las cuentas relacionadas con Báez, perdiendo once días, que acaso expliquen que se bloqueara un bajo porcentaje de los 55 millones de euros en juego.

Esa actitud de objetivo menosprecio por datos fidedignos que actualmente figuran en el sumario argentino de donde emanaban los papeles que ofreció Ocaña, se contradice con la imperiosa necesidad de disponer de evidencias reunidas en dicho sumario, ausencia que se invoca ahora para justificar el archivo de la causa suiza.

En efecto, porque la segunda solicitud que Suiza le reprocha a Casanello no haber respondido es un exhorto del 26 de mayo de 2014, que incluía, entre otros, dos puntos claves: el envío “de los documentos esenciales del expediente o de los procesos promovidos en la Argentina vinculados a la familia de Lázaro Báez”, y “cualquier información de utilidad relativa a los hechos antes expuestos o susceptibles de hacer avanzar la instrucción penal promovida en Suiza, en particular que permitan explicar los flujos de fondos realizados en Suiza”. Al respecto, Casanello pretende que despachó copia de ciertos escritos de la causa a Berna el 26 de junio pasado, vía la Cancillería, pero la Oficina Federal de Policía en Suiza, en varias oportunidades, desmintió ante requerimientos periodísticos, que hayan llegado. Falta despejar si el formato del envío fue un exhorto, u otro de diferente envergadura, y si junto a la documentación, Casanello se refirió a las inquietudes suizas antes descriptas.

Pese a este diferendo, y entrando en el fondo del problema, Casanello insiste que lo pedido por Suiza era “excesivo”. Cabe argumentar que si tuviera totalmente probado el “delito previo”, que debe preceder al lavado de dinero, sustancia que resume la exigencia helvética, elevaría el caso a juicio sin pasar por los engorrosos trámites que nos ocupan. Sobra decir que es paralelamente cierto que el MPC necesita lo que pide, al menos la pista de una “sospecha fundada” de corrupción cometida por Báez y su entorno, y un dialogo interactivo, que no se ha podido concretar en el año y medio que ya dura el escándalo.

Sin embargo, el MPC no puede eludir sus propias responsabilidades en este desencuentro. Parece refugiado en la lógica de un “servicio mínimo”, de hacer lo obligatoriamente indispensable sin esforzarse demasiado, preludio que facilita el cierre de las actuaciones que hoy emerge ineluctable. La magistrada a cargo del expediente, Angele Wellauer, viene de ser criticada por su actitud de “servicio mínimo” en el tratamiento de la fortuna ilícita descubierta en Suiza del ex dictador de Túnez, Ben Ali, abrevió Agathe Duparc, periodista francesa radicada en Ginebra, especialista en reportajes de “dinero sucio” a escala internacional.

Por cierto, llama poderosamente la atención que el MPC, según su portavoz, Jeanette Balmer, haya desistido de enviar exhortos a Uruguay, Panamá y Estados Unidos, no obstante las demostraciones convergentes ventiladas en los medios de comunicación, principalmente las provenientes de los tribunales de Montevideo y de Nevada. De esta última fuente, los “fondos buitre” alegaron recientemente, por ejemplo, haber conseguido más cuentas de bancos afincados en Suiza e hipotéticamente desconocidos hasta la fecha, por donde habría pasado “la ruta del dinero Báez”.

Que el clan haya retirado el 10 de junio último, su recurso contra el MPC ante el Tribunal Federal suizo, máxima instancia judicial aquí, semejante a la Corte Suprema en Argentina, anticipa un desenlace inminente de devolución de fondos. Podría deducirse que dejan de litigar porque supuestamente estiman que tienen ganada la batalla. Esa perspectiva agrava la preocupante conclusión que Suiza se muestre predispuesta a abandonar su colaboración penal con la Argentina sobre un tema de semejante importancia, en una suerte de represalia por la conducta que implícitamente le endilgan a Casanello.

Es sorprendente que en el exhorto que le mandaran el 26 de mayo ya consignado, ante el cual Casanello no habría ejercido el derecho a réplica para exponer su disconformidad por una intimación “excesiva” relativa al “delito previo”, como viene de explicarse, además de citar como “base legal aplicable” el tratado bilateral que conecta a los dos países en materia penal, el MPC inscriba también, la ley interna que rige la ayuda judicial internacional, cuyo artículo 67 a, habilita, sin contrapartida, la “transmisión espontanea de medios de prueba y de informaciones” a otro país, si “puede facilitar el desarrollo de una investigación en curso”.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza, autor de “La bóvedas suizas del Kirchnerismo”. Crónica actualizada al 9-12-2014.

 


 

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