De los 42 detenidos cuya liberación reclama la Liga para la Protección de Saharauis Prisioneros en cárceles marroquies, solamente 7 son reconocidos por organismos de protección de los derechos humanos de la ONU. Esos 35 activistas por la independencia del Sahara Occidental privados de libertad, se hacinan en penitenciarias de Marruecos, sin la protección de la Cruz Roja Internacional (CICR), que no reconoce a la República Arabe Saharaui Democrática (RASD) a nivel de Estado. (1)
A modo de recordatorio, es sabido que desde el 2019 se hayan interrumpidas las conversaciones de paz entre el Frente Polisario y Marruecos, los cuales se disputan el Sahara Occidental, auspiciadas bajo mandato del Secretario General de la ONU. De seguro, perdura el dilema de fondo. Marruecos quiere anexar la totalidad del territorio y la población en litigio mediante una autonomía dentro del supuesto y pretendido carácter democrático de la monarquía, pero bajo un sistema islámico y autoritario, mientras que el Frente Polisario, probablemente el movimiento de liberación nacional más antiguo aún existente sin alcanzar la plena independencia, mantiene la reivindicación a la autodeterminación, vía un referéndum, convocado por la ONU, para que los habitantes y sus descendientes heredados del colonialismo español, arbitren a favor o en contra de la independencia.
Al tiempo, el Consejo de Seguridad de la ONU, mantiene la incertidumbre, de prolongar, o disolver, la fuerza de interposición de “cascos azules” conocida por su acrónimo MINURSO, desplegada para separar a los beligerantes y garantizar el cese el fuego dispuesto el 6 de septiembre de 1991, no obstante roto el 13 de noviembre de 2020. Tanto es así que en el Sahara Occidental están en juego la suerte de unas 500 mil personas, el destino de una superficie de 288 mil kilómetros cuadrados, equivalente a la mitad de España, con las mayores reservas de fosfato del planeta, rico asimismo en sal, arena, petroleo, frutos de las palmeras y vegetales marinos.
Es propicio agregar, que sus 1400 kilómetros de costas y la respectiva plataforma continental, son expoliadas de 90.000 toneladas anuales de pescado por el pillaje pesquero clandestino cometido por Marruecos, gracias a las complicidades de España y Francia, y pese a la sentencia contraria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 21 de diciembre de 2016, y las conclusiones del Abogado General del TJUE, del 10 de enero de 2018, Melchor Wathelet (2). Esta instancia no reconoce que los acuerdos comerciales entre la Unión Europea y Marruecos, sean también aplicables a la superficie del Sahara Occidental, que es una geografía distinta, con una población diferente, cuya autoridad política es el Frente Polisario, tal como además registra la Unión Africana.
Frente al silencio observado por la ONU desde el 2019 sobre la vigencia histórica de su propio discurso oficial, no hay signos que se renieguen los principios básicos acuñados desde hace más medio siglo, a pesar de la ruptura del cese el fuego en noviembre del 2020, antes consignado. Aquel discurso pedía a las partes en pugna buscar “una solución política justa, durable y mutuamente aceptable que permita la autodeterminación del pueblo del Sahara”. Les instaba a que hagan “prueba de realismo y un espíritu de compromiso” para alcanzar un acuerdo “realista, pragmático”, tomando en consideración que “el statu quo no es aceptable”. Y sostenía a la MINURSO por sus “esfuerzos” para organizar “un referéndum en el Sahara Occidental”, toda vez que en los hechos, la impunidad de la que goza Marruecos, parecen no dejar lugar a dudas que la única perspectiva sería la negación del derecho a la autodeterminación de la población autóctona, y su postración en el inconfesable olvido.
Cabe precisar que la filosofía de la descolonización se encuentra vigente en la ONU desde el 14 de diciembre de 1960, para favorecer “el movimiento en pro de la independencia en los territorios en fideicomiso y en los territorios no autónomos”, con el objeto de “poner fin al colonialismo y a todas las practicas de segregación y discriminación que lo acompañan”. En virtud que “todos los pueblos tienen el derecho a la autodeterminación”, y con el propósito que “puedan ejercer pacífica y libremente su derecho a la independencia completa”, la Asamblea General de la ONU consideró igualmente entonces, que “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.
Esa Asamblea General, el parlamento de la ONU, con sus 193 Estados que la integran actualmente, lo confirmó y amplió el 7 de diciembre de 2018. Aportó “su apoyo una vez más a las aspiraciones de los pueblos bajo dominación colonial a ejercer su derecho a la libre determinación, incluida la independencia, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas relativas a la descolonización”, lo cual lleva la aplicación a “territorios concretos”. Exhortó a las “potencias administradoras” de esas tierras y poblaciones identificadas para ser descolonizadas, a velar que las “actividades económicas … no tengan consecuencias perjudiciales para los pueblos de esos Territorios, sino que promuevan su desarrollo, y a que los ayuden a ejercer su derecho a la libre determinación”.
No es superfluo adicionar que dichas “potencias” no deben tener “actividades” ni “bases militares” y reconocer a los habitantes autóctonos “su derecho inalienable … a sus recursos naturales y su derecho a establecer y mantener el control sobre la futura explotación de esos recursos” y la “propiedad” de dichos Territorios, susceptibles de recibir ayuda para fortalecer su economía, y asistencia “bilateral como multilateral”, acoger “misiones visitadoras” y “buenos oficios para ayudar a impulsar el programa de descolonización caso por caso”.
Por lo pronto, el 80% de la superficie del Sahara Occidental, está ocupada militarmente por Marruecos. De los 42 presos políticos saharauis inicialmente citados, 9 han sido condenados a cadena perpetua, 3 a 30 años de reclusión, 5 a 25 años, 4 a 20 años, 2 a 15 años, 1 a 12 años, 6 a 10 años, y los demás a penas inferiores. Paralelamente, 173 mil de sus compatriotas, viven refugiados en campos de migración argelinos, o exilados en otros países. “Los 1400 kilómetros de costa atlántica y las aguas adyacentes del Sahara Occidental están controlados por el estado marroquí”, que “es uno de los primeros productores de pulpo del mundo. Sin embargo”, en el espacio atlántico de la monarquía islámica de Mohamed VI, “no hay pulpo. Marruecos carece de soberanía legal sobre el Sáhara Occidental, y actúa como una potencia ocupante de facto”, explica en sustancia un pormenorizado Informe del Observatorio de Derechos Humanos y Empresas (ODHE, 25/3/2019), publicado en Barcelona.
Para llegar al objetivo fijado por la ONU de “una solución política mutuamente aceptada … que sea realista, pragmática, perenne, basada den el compromiso, justa, durable y que permita la autodeterminación del pueblo del Sahara Occidental en línea con lo resuelto por el Consejo de Seguridad de la ONU”, Marruecos propone la autonomía, conforme a su Reino islámico autoritario, adosada como una nueva provincia del “sur”. El Referendum y la independencia, “no están a la orden del día”, afirmó el jefe de la delegación marroquí en las últimas y malogradas conversaciones convocadas en 2019 por la ONU en Ginebra, Nasser Baurita, aún ministro de relaciones exteriores del régimen chérifien de Mohamed VI. En cambio, para el Frente Polisario, solo la consulta electoral, en el marco del censo efectuado por España en 1974, depositaría en los votantes la decisión en torno a la independencia. “Si perdemos, abdicamos de nuestra reivindicación de la independencia”, replicó en tal ocasión el representante del Frente Polisario, Jatri Aduh, presidente del Parlamento de la República Arabe Saharaui Democrática (RASD).
Desde Ginebra, Juan Gasparini.
(1) Lista de 42 detenidos reclamados por la Liga por la Protección de Saharauis Prisioneros en cárceles marroquies, informes y decisiones de Relatorías y Grupos de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, del 18/4/2017, 7/1/2021, 16/6/2021 y 6/8/2021, copias en el archivo del autor.
(2) Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de diciembre de 2016, y Conclusiones Melchor Wathelet, Abogado General del TJUE, del 10 de enero de 2018, copias en el archivo del autor.