La hoja de ruta de la ONU para la consolidación democrática del Salvador Fabián Salvioli. Fotos: Lucia Castaño, RIDH.

La hoja de ruta de la ONU para la consolidación democrática del Salvador

El catedrático argentino Fabian Salvioli, Relator Especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, presentó ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra sus recomendaciones para terminar de resolver las secuelas del conflicto interno, y reforzar la democracia en El Salvador, tras su visita al país.

La guerra civil en El Salvador ocasionó 70 mil muertos, 8.000 desaparecidos y un millón de refugiados. La inició el asesinato de Monseñor Romero el 24 de marzo de 1980, y finalizó el 16 de enero dec 1992, con los acuerdos de Paz entre el Gobierno de Alfredo Cristiani y la guerrilla del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). El reciente juicio en España por la “masacre de la UCA”, durante la cual fueron asesinados en El Salvador seis curas jesuitas -cinco españoles y uno salvadoreño, y dos mujeres salvadoreñas-, el 16 de noviembre de 1989 y por orden de altos cargos militares salvadoreños, han puesto en evidencia algunas de las tareas pendientes del Estado en general, y en particular el acompañamiento que debería operar  gobierno del Presidente Nayib Bukele. En cuanto a los tribunales locales, ya han solicitado un suplicatorio de las pruebas y testimonios del proceso celebrado en Madrid, para juzgar en El Salvador a los implicados que no pudieron serlo en España, quienes viven impunes en el territorio de los hechos, entre otros, los generales  Rafael Humberto Larios, Juan Rafael Bustillo, Francisco Elena Fuentes y Orlando Zepeda. Solo el coronel salvadoreño, Orlando Inocente Montaneo, extraditado de Estados Unidos a España, pudo ser condenado en Madrid a 133 años de cárcel.

Ej Relator Salvioli presentó una pormenorizada lista de recomendaciones a El Salvador, para dar vuelta dignamente la página del conflicto interno y entrar plenamente en democracia mediante una debida rendición de cuentas del pasado reciente. Las medidas propuestas conciernen los tres poderes del Estado. El parlamento tendría en lo inmediato la tarea de “ratificar los tratados internacionales” en materia de derechos humanos que no lo han sido, empezando con la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, el único instrumento de la ONU cuya aplicabilidad es retroactiva, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido las infracciones. También aprobar la Convención contra las desapariciones forzadas, y los protocolos facultativos de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; y el de la Convención contra la Tortura, que permite a los expertos de la ONU realizar visitas sorpresivas a los lugares de detención.

El Parlamento debería además adoptar “a la brevedad”, una “ley integral de justicia transicional que cumpla con los requisitos estipulados en la sentencia de 2016 de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General”, pieza maestra “de la impunidad que prevaleció durante dos décadas”, norma futura llamada a tomar en consideración “la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Para completar el dispositivo, harían falta otras leyes complementarias, a efectos de darle la suficiente base legal y recursos a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas, incluyendo niñas y niños, y apuntando a las indagaciones en torno a quienes se les perdieron las huellas en las entrañas del Estado o de la exguerrilla. La ONU añade la necesidad de garantizar la entrega de los restos de los desaparecidos a sus familiares, la creación de una base de datos genéticos, y la declaración del 30 de agosto Día nacional de las víctimas de desaparición forzada. Todo esto en el contexto de “una ley de reparación integral a las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos durante el conflicto armado, que satisfaga los estándares internacionales”, y tome en cuenta “el enfoque de género y siguiendo un proceso de consulta amplia  y transparente con víctimas y sociedad civil”.

A la Fiscalía General de la República, la ONU le reserva “asumir y ejecutar la política de investigación” de los delitos de lea humanidad perpetrados durante las hostilidades. Se le otorga “designar una partida presupuestaria especial y fortalecer los recursos humanos y técnicos”, mediante “la unidad especial de fiscales especializados en la materia”. Se le exhorta a que “los testimonios recabados sean procesados (recopilados, registrados y compartidos) de forma eficiente a a fin de evitar la duplicación de esfuerzos y la revictimización de las personas afectadas”. A causa del largo tiempo perdido por las consecuencias nefastas de la Ley de Amnistía ahora revocada, los procedimientos reabiertos necesitan “en el corto plazo imputaciones y acusaciones por los” delitos cometidos, “en el marco del conflicto interno”. Los funcionarios de la fiscalía “deben asegurarse de que en su interacción con las víctimas y denunciantes se deje clara la responsabilidad principal de los fiscales (con el objeto de) recabar las pruebas necesarias para … la persecución penal”. Por fuerza, es imperativo que “el Fiscal General debe intervenir fisicamente los archivos militares, previa orden judicial y con la verificación de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y peritos especializados”, sin olvidar que, junto a “los juzgados pertinentes, brindar asistencia psicosocial a las víctimas, sobrevivientes y familiares que brinden testimonio”, guardando un registro “de todas las masacres que tuvieron lugar en el país”.

El Relator Salvioli asimismo solicita que se les debe garantizar a los juzgados “los recursos financieros y humanos necesarios” para tramitar los “casos de violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado”. Pide a la Corte Suprema y al Consejo Nacional de la Judicatura, que profundice “los procesos de capacitación de jueces sobre la persecución penal de crímenes de guerra y de lesa humanidad”, al igual que a la Fiscalía General, y que se lleven a cabo “actividades de sensibilización sobre los derechos de las víctimas”. Con ello, la ONU urge a establecer paralelamente un “Instituto de Medicina Legal”, dotado de personal competente en “antropología forense”, basado en las disposiciones de validez mundial del “Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas” del 2016, y “el Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes”, denominado “Protocolo de Estambul”. En pos de un aprovechamiento legítimo de tales instrumentos, Naciones Unidas preconiza que El Salvador evalúe la posibilidad de establecer, “preferentemente a través de un acto legislativo, de una institución de ciencias forenses autónoma e independiente con certificación internacional”.

Salvioli insta a la Corte Suprema salvadoreña a concebir los “lineamientos tendientes a armonizar la aplicación de los códigos procesales penales y códigos penales, antiguos y revisados, a los casos de delitos cometidos durante el conflicto armado, a fin de evitar inconsistencias en su aplicación que puedan generar estrategias dilatorias”. Por lo pronto le correspondería al mismo tiempo “supervisar el cabal e integral cumplimiento de su sentencia por la que se derogó la Ley de Amnistía”, pronunciada por su Sala de lo Constitucional. El Poder Judicial “debe considerar el establecimiento de una clínica jurídica que brinde asistencia legal a las víctimas para el registro de denuncias y el litigio de casos de violaciones de derechos humanos cometidos durante el conflicto armado”.

El Poder Ejecutivo es susceptible de responsabilizarse para mantener un “registro continuo y exhaustivo de todas las víctimas del conflicto armado a fin de proceder a la reparación integral de cada una de ellas”. Dicho registro “debe ser reconocido  y accesible a las víctimas, incluso las más aisladas, sin imponer requerimientos de prueba de victimización restrictivos u otros requerimientos como patrocinio por parte de organizaciones de la sociedad civil. Debe procederse a la difusión del programa de registro con el fin de informar debidamente a todas las víctimas que puedan estar interesadas en registrarse. Los montos indemnizatorios otorgados deben ajustarse al valor de la canasta  del mercado vigente. El programa de reparación debe incluir el acceso universal gratuito y permanente a los sistemas de salud, incluida la salud mental, y de educación (en sus tres niveles) a las víctimas. Los programas de asistencia deben ser especializados en la atención a víctimas de graves violaciones en el marco del conflicto armado”.

Las Fuerzas Armadas deben “garantizar el acceso efectivo a los archivos” del conflicto armado requeridos por la Justicia, el Gobierno o las víctimas”, mientras que la Policía Nacional Civil “debe incrementar los recursos humanos y financieros destinados a la investigación de violaciones cometidas durante el conflicto armado y capacitar a su personal en genética forense y atención a las víctimas”. Específicamente, “la cúpula de la Fuerza Armada, incluido el Presidente, en tanto que Comandante General de la Fuerza Armada, y el Ministro de Defensa, deben remover los nombres, atrios y monumentos de efectivos militares acusados de serias violaciones de los derechos humanos de los batallones y destacamentos de las fuerzas armadas, así como prohibir la conmemoración de honores oficiales en su nombre”.

El Salvador debe asumir la responsabilidad, según la ONU, de crear una Comisión de la Verdad, en la cual todas las instancias nacionales deben ser invitadas a contribuir a la “difusión de la memoria histórica”, en virtud “las violaciones sufridas” por la población, responsabilidad de “las autoridades nacionales y locales, los funcionarios legislativos y judiciales, los medios de comunicación y otros sectores de influencia social”. Al propio tiempo la ONU alienta a “adoptar medidas de memoria histórica como el establecimiento y mantenimiento de sitios públicos al efecto, incluido en instalaciones militares o policiales donde presuntamente estuvieron detenidas personas desaparecidas”. Sería un deber nacional “en materia de memoria y derechos humanos”, fortalecer “programas de formación de funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y fuerzas armadas en derechos humanos y derecho humanitario durante el conflicto armado”, e “iniciar una colaboración con las Naciones Unidas para facilitar dicho proceso”,  concluyó el Relator Especial, Fabian Salvioli.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.

 


 

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