El juez español Baltasar Garzón denunció a España ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, informó Helen Duffy, del despacho de abogados Human Rights in Practice, responsables de someter la querella “en nombre y representación” del magistrado, iniciativa que fue confirmada por fuentes de Naciones Unidas en Ginebra, reveló la Agencia France Presse (AFP).
“A principios de este año el Juez Garzón decidió presentar su denuncia ante el Comité de los Derechos Humanos. Ahora, el Estado Español ha sido requerido para responder a la denuncia en el plazo de seis meses”, afirmó Helen Duffy, quien alegó el “carácter arbitrario de una serie de investigaciones y enjuiciamientos penales interpuestos contra el Juez Garzón que llevaron a su inhabilitación y pusieron fin a su larga y distinguida carrera judicial”.
La demanda de Garzón ha sido respaldada por varios expertos internacionales que presentaron dictámenes periciales conjuntos sobre estándares internacionales de impunidad e independencia judicial, especifica Duffy. Entre ellos se destacan los argentinos Juan Méndez (Relator de la ONU contra la tortura), Eugenio Raúl Zaffaroni (ex miembro de la Corte Suprema de Justicia) y Leandro Despouy (ex Relator de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados), junto al guatemalteco Frank La Rue (ex Relator de la ONU sobre libertad de expresión) y el uruguayo Wilder Taylor (Secretario General de la Comisión Internacional de Juristas).
Baltasar Garzón fue apartado de su carrera en 2012, condenado por prevaricación en el Tribunal Supremo a 11 años de inhabilitación, tras intervenir conversaciones en prisión entre cabecillas de la trama Gürtel y sus abogados, supuestamente relacionadas con presuntos actos de corrupción “cometidos por altos cargos del actual partido de gobierno”, precisó Duffy, cuyo juicio oral tiene lugar actualmente en Madrid.
La llegada del caso Garzón a la ONU sucede después que su recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en 2013, contra la sentencia que un año antes lo alejó de los tribunales españoles, ha sido “inadmitido”, y “sin que el juez se pronunciase sobre el fondo del asunto y en apenas tres líneas”, explicó a la AFP su jefa de prensa, Aurora Moya.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU vigila el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por España en abril de 1977, que en enero de 1985 adhirió a un Protocolo Facultativo del Pacto, el cual autoriza al Comité a “recibir y considerar comunicaciones de individuos que aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto”, una vez agotados “todos los recursos internos disponibles”.
Compuesto por 18 expertos independientes, ungidos por el voto secreto de los 168 países que han ratificado el Pacto, el Comité tarda unos 2 años en resolver “a puerta cerrada”, las quejas como la de Garzón. Estas son notificadas a los países interesados, que tienen 6 meses para responder. Luego el Comité emite “observaciones”, valorando si el país violó artículos del Pacto, resultado equivalente, en el plano diplomático, a una sentencia judicial sobre dicho Estado.
De obtener satisfacción en lo que decida el Comité, podría significar para Garzón que España anule o revise la sentencia que lo excluyó de la magistratura, pero nada es seguro pues el Protocolo de la ONU en cuestión no indica de manera explícita que las resoluciones son “vinculantes” para el país concernido, no obstante que tales recomendaciones deben ser acatadas por los Estados, según las costumbres de la ONU.
Garzón argumentó su rechazo por la condena que le fuera infligida vía un comunicado difundido por su hija María Garzón en 2013. Dijo que lo desalojaron de la Justicia fabricando “a la medida” un “delito para condenarle a él”, pues no existiría en España “ninguna ley que regule la escuchas telefónicas”. Conjeturalmente justificaba así no haber dado las razones de ordenar esas escuchas de conversaciones en una cárcel, motivo que habrían invocado los jueces supremos para destituirlo.
Los acusó entonces de vulnerar el principio de la presunción de inocencia, la prohibición de no discriminación, y el “derecho a segunda instancia”, normas recogidas en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, instrumento donde además se estipula que “nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional”.
Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.