El cadáver suizo del Lázarogate Banco Lombard Odier Darier Hentsch.

El cadáver suizo del Lázarogate

«¿Tenés cadáver o tenés humo?» suelen preguntarse entre los jueces cuando se les adjudica un caso. Es decir, ¿tenés la prueba del crimen o no tenés ningún indicio? Del clan Báez hay, de momento, un cadáver en Ginebra, la cuenta en el Banco Lombard Odier Darier Hentsch, una institución tradicional consagrada desde 1796 a la gestión de fortunas, cuya lista de clientes los argentinos supieran ilustrar con un tal Jorge Francisco Isidoro Luis Borges. Como siempre, nada comienza cuando alguien recién irrumpe en Suiza, un pequeño Estado de ocho millones de habitantes, con siete siglos de historia. Todo empezó mucho antes: antecedentes, realidades y perspectivas.

El Banco Lombard Odier Darier Hentsch, uno de los 130 que pululan en Ginebra, consintió en diálogos reservados con la prensa la existencia de la cuenta de Lázaro Báez entre 2011 y 2012 bajo responsabilidad de uno de sus hijos. Los movimientos no desmentirían que por allí habrían transitado varias decenas de millones de euros, cuenta supuestamente trasplantada a otro banco de la plaza de Ginebra, el cual faltaría aún destapar.

El Ministerio Público de la Confederación (MPC, procuraduría federal) resolvió incoar un procedimiento penal por presunto blanqueo de dinero, «con el objeto principal de obtener informaciones suplementarias, más específicas o pruebas de Argentina a título de asistencia jurídica». Esto significa que incumbe a los órganos del Estado desde el cual se alimentara la cuenta (tribunal penal y la AFIP, de Argentina), proporcionar los datos para consumar la autopsia del cadáver operacional de los Báez en Suiza.

Los escombros suizos del Banco General de Negocios y del Moyanogate

En 2003, con Néstor Kirchner en el Poder Ejecutivo, el Ministerio Público de la Confederación Suiza (MPC, fiscalía federal) propuso a la Argentina la restitución de 5 millones de dólares, descubiertos entre las ruinas helvéticas de la quiebra del Banco General de Negocios (BGN), propiedad de los hermanos Carlos Alberto y José Rohm. En 2011, con Cristina Kirchner en la Presidencia de la Nación, la misma fiscalía hizo saber de la apertura de una investigación penal en Berna sobre una cuenta en Ginebra, cuyo saldo rondaba los 2 millones de dólares, cuenta que la propia procuraduría vinculaba con el sindicalista Hugo Moyano. En ambos casos Argentina no aportó ninguna prueba que el dinero fuera sucio, ni manifestó interés en plantear su confiscación; por consiguiente, los haberes fueron restituidos a los titulares de las cuentas. Incidentes a no olvidar para hacer un pronóstico definitivo sobre el posible desenlace del Lazarogate.

La quiebra del BGN tuvo lugar en enero de 2002, un agujero de 200 millones de dólares en plena crisis financiera a raíz de la caída de Fernando de la Rúa. La juez federal María Romilda Servini de Cubría gestó un sumario por fuga y lavado de activos, y asociación ilícita para intermediar financieramente de forma marginal. El hallazgo en Suiza dormía en una cuenta del Credit Suisse a nombre de Carlos Félix Pando Casado, fallecido el 22 de mayo de 2003, quizá cómplice o testaferro de los Rohm, en línea con los extractos de su cuenta chequeados por el MPC, cuya herencia la familia tardaba en reivindicar.

Para obtener las evidencias que el tesoro atribuido los Rohm había sido forjado mediante la comisión de delitos, y coordinar su repatriación a la Argentina, Suiza envió a Buenos Aires al fiscal Patrick Lamon, quien fue autorizado a consultar el expediente en sede judicial. Ante sus ojos se corporizó una trama que implicaba al BGN y al Credit Suisse, con el narcotráfico, salpicada por residuos de la bancarrota del BCCI de Gaith Pharaon.

Antes de retornar a Suiza para las Navidades de 2003, Lamon le pidió a Alicia López, gerente del Banco Central y, por concurso interno, promovida a la jefatura de la Unidad de Información Financiera del Ministerio de Justicia (UIF), que le mandara una comisión rogatoria, recopilando lo corroborado en el expediente.

El borrador de ese exhorto apuntaba también a otros dos bancos suizos, la UBS y la Union Bancaire Privé (UBP). Y a Nicolás Di Tulio, presunto testaferro argentino del Cartel de Juárez, quien bregara con la casa de cambios Mercado Abierto, y con un banco off-shore del Caribe, conocido por las dos iniciales de la mencionada casa de cambios: MA. Las dos últimas sociedades ya habían sido estigmatizadas por el Senado de los Estados Unidos en un informe anual sobre corrupción.

Sin embargo, la juez Servini de Cubría no dio curso al proyecto de comisión rogatoria elaborada por López, siguiendo lo verificado por el fiscal suizo Lamon en Buenos Aires. Ninguna alegación ni solicitud oficial de Argentina llegó a Berna. Ante la ausencia de acusaciones procedentes del país de donde surgieran los capitales depositados en el Credit Suisse, el MPC no tuvo más remedio que entregar los 5 millones de dólares a los parientes del difunto Carlos Félix Pando Casado, y el 12 de junio de 2006, archivó el procedimiento.

Algo parecido sucedió 7 años después con el Moyanogate. Bajo la titularidad de Ricardo Rubén Depresbiteris y Elvira Marcela Mete, la cuenta se domiciliaba en la sucursal Ginebra del Standard Chartered Bank (ex banco American Express). El MPC notificó por exhorto al juez Norberto Oyarbide que ligaba a esas personas con la compañía argentina recolectora de residuos Covelia, y con el dirigente sindical Hugo Moyano, e instó se le dieran elementos de prueba susceptibles de avalar cargas penales.

Al igual que con el BGN, la cuenta había sido denunciada por el banco que la albergaba, en virtud de las exigencias asignadas por la ley antiblanqueo de 1998 para los establecimientos financieros vernáculos, pues en Suiza no hay un centro de datos de cuentas en manos del Estado, a diferencia de como suele ser habitual en el resto del mundo. Son los bancos los únicos que saben de sus clientes.

El Ministerio Público helvético inició una investigación penal por blanqueo de dinero, e insistió vanamente en recabar la ayuda del juez Oyarbide para descifrar si el contenido de la cuenta podía estar contaminado con algún delito. A continuación, luego de recibir el descargo de los dos dueños de la cuenta, archivó el expediente el 7 de enero de 2013, y devolvió el saldo de casi 2 millones de dólares a Depresviteris. Lo hizo porque el citado presentó un documento del Juzgado Federal 4 de Buenos Aires, indicando que una querella en su contra se había desvanecido por falta de mérito o sobreseimiento, instancia que pronunció así su inocencia. Por cierto, Moyano y los hermanos Rohm, se volatilizaron de esta saga en los pliegues del sensacionalismo mediático que, desgraciadamente, todos padecemos.

La base legal penal en Suiza
El artículo 309 del Código de Procedimiento Penal en Suiza autoriza a los magistrados competentes lanzar una investigación penal cuando obraren «sospechas suficientes» de un delito. Y el artículo 305 bis del Código Penal suizo escarmienta con hasta 5 años de cárcel y una indemnización del particular al Estado que puede rondar el millón de dólares, a quien blanquera dinero. Dicha infracción se define en Suiza por la obstaculización en la identificación del origen, el descubrimiento o la confiscación de valores patrimoniales provenientes de un crimen, que para el ejemplo penal aquí evocado, serian delitos relativos a las diferentes formas de corrupción, y/o a la asociación ilícita para llevarlos a cabo.

Para investigar a un cliente extranjero de un banco local, Suiza depende de la cooperación del país de donde la persona es oriunda, o en el cual reside y hace sus negocios, cuyas autoridades son las únicas que disponen de los medios coercitivos legales para eventualmente conocer las actividades que pudieran haber nutrido los fondos detectados en un banco helvético. El estándar internacional obliga a la Argentina a producir la prueba, pero hasta ahora ni el juez Sebastián Casanello, quien entiende en la causa, ni Ricardo Echegaray, jefe de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), han exhibido un interés concretado por escrito, en concertar alguna colaboración penal o fiscal con Suiza. A tales fines el MPC ha prometido apelar a la ayuda de Argentina, aunque tampoco ha trascendido el exhorto de rigor que debería reflejar la voluntad suiza de indagar en la trastienda argentina de los Báez.

No es superfluo recordar, una vez más, que alguien con una cuenta en Suiza, para Suiza no ha incurrido en un ilícito. Pudiera serlo para el país del titular de la cuenta, si la ley interna ordenara declararla a su dueño por ser de esa nacionalidad o estar afincado en él, y éste no lo hiciere. Va de suyo, a su vez, que está prohibido, para cualquier país, tolerar que una cuenta abrigue o haya abrigado el lucro de un crimen, al margen que la clientela mundial de los bancos goza de la presunción de inocencia, y que los ricos con cuentas en Suiza no son, por supuesto, gente predispuesta a delinquir hasta que se demuestre lo contrario.

El laberinto fiscal
No obstante conviene advertir que en la legislación penal helvética es inexistente el delito fiscal, pues para los nacionales o los residentes que perpetraran un acto de esa naturaleza, se lo considera una falta administrativa redimible por multa, o sea un asunto que debe arreglar el fisco, no la Justicia – algo parecido a una contravención por transgredir las reglas del tránsito urbano- lo cual se castiga con una sanción pecuniaria, que se paga sufragando una boleta en la oficina de correos.

Por ese motivo Suiza rechaza la petición de cualquier miembro del poder judicial de otro país, que le solicite asistencia para localizar y expropiar una cuenta perteneciente a un ciudadano extranjero que se acusara hubiera sido aprovisionada por la evasión fiscal. Suiza actúa de esta manera debido al no cumplimiento de la llamada regla internacional de la doble incriminación, vale decir que el hecho reprimido penalmente en un país lo fuera paralelamente en el otro.

Empero, desde el 13 de marzo de 2009, Suiza acepta que otros países con los que tenga Convenciones contra la Doble Imposición (CDI), la inviten a contribuir administrativamente para rastrear capitales de foráneos que hayan evadido impuestos, un trámite que se hace caso por caso entre los entes fiscales respectivos, donde el requirente debe revelar la identidad del incriminado y el banco que le sirve de guarida.

En la hipótesis que los Báez hubieren traído a Suiza capitales sustraídos a la exigencia fiscal, y la Argentina quisiera capturarlos, sería acaso incierto conseguirlo. La Convención contra la Doble Imposición (CDI) celebrada entre los dos países en 1997 fue suspendida unilateralmente por Argentina en 2012. El nuevo tratado de asistencia penal, firmado por ambos gobiernos el 10 de noviembre de 2009, que entrara en vigor el 16 de febrero de 2013 no solventa base legal para una demanda penal que conjugue con las normas actuales en la esfera impositiva a nivel mundial (OCDE y G 20).

Todo ello no excluye que la AFIP tome la solitaria iniciativa en el marco administrativo y reclame directamente a su homóloga, la Administración Fiscal Federal de Suiza, información oficial sobre la retaguardia financiera de los Báez en Ginebra, para saber si omitieron volcar lo que es debido en sus declaraciones de impuestos y, después, actuar en consecuencia. Nada impide que Ricardo Echegaray, quien empuñara la pluma para pedirle explicaciones a la embajada de Estados Unidos sobre el escándalo Ralph Lauren, haga algo similar con Suiza, aunque se desconoce una misiva oficial que lo ateste si hubiera ocurrido, pese a que incluyera a Lázaro Báez entre quienes no se podrán beneficiar de la amnistía fiscal patrocinada ahora por el gobierno.

La asignatura pendiente
La solución de fondo para normalizar la situación fiscal con Suiza de cara al futuro sería enmendar mediante una versión revisada de la Convención contra la Doble Imposición (CDI) anulada por la Argentina en 2012, el error mayúsculo inserto en el artículo 3.1, apartado c, del nuevo tratado concertado bilateralmente en febrero pasado por los dos países. Ese instrumento mantiene las viejas concepciones helvéticas de hacer ficticio recuperar los caudales de la evasión impositiva anidados en su banca, y no incorpora las concesiones efectuadas por Suiza desde marzo del 2009, a través de las cuales asume que la evasión fiscal es equivalente a un delito penal y habilita la vía administrativa para alcanzar, en su territorio, los objetivos de la legítima persecución del fisco de países extranjeros contra sus contribuyentes que lo eluden.

Los gobiernos líderes de la Unión Europea, de Estados Unidos, Japón, Turquía, Costa Rica, México, Uruguay, Colombia y Perú, destacan entre los países que acaban de suscribir distintas CDI que recogen el beneficio de lo otorgado por Suiza en 2009. La Argentina debería seguir esos pasos y rectificar la equivocación de lo suscripto recientemente, para poder, al fin, rescatar las fortunas de la evasión fiscal, calculadas en 200 mil millones de dólares, un tercio escondidas en Suiza. Mientras tanto, se aguardan los insumos para practicarle una autopsia al cadáver de las peripecias suizas del clan Báez.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.

 


 

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