El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU, constituido por 18 expertos independientes elegidos por los Estados que han ratificado la Convención en vigor desde 1969, expresó que le “preocupa seriamente la iniciativa de Ley 5377 que propone modificaciones a la Ley de Reconciliación Nacional a fin de introducir una amnistía general a los autores de graves violaciones de los derechos humanos durante el conflicto interno”, ocurrido entre 1960 y 1996, al costo de 200 mil muertos, 45 mil desaparecidos y 100 mil desplazados, alude un documento publicado en Ginebra.
El Comité constata “avances limitados en la implementación de los Acuerdos de Paz”, mientras perduran “algunos casos de violaciones de derechos humanos en contra de los pueblos indígenas” que “siguen en la impunidad, y los procesos judiciales que han sido iniciados, en muchas ocasiones, son objeto de demoras considerables perjudicando el acceso a la justicia y la reparación de las víctimas”. Es sabido que la mayoría de ellas fueron abatidas por las fuerzas de Seguridad del Estado, concretamente en perjuicio de las 24 etnias autóctonas que cuenta el país, unas 6 millones de personas, alrededor del 60% de la población total de Guatemala, por lo general habitantes de comunidades rurales, blanco de unas 600 masacres a lo largo de poco más del último medio siglo.
En consecuencia la ONU le recomienda al gobierno de Guatemala que “considere retirar del Congreso de la República la iniciativa de ley 5377 que propone reformar la Ley de Reconciliación Nacional, así como cualquier otra iniciativa de ley que tenga por objeto dejar en la impunidad o eximir de responsabilidad a los autores de las violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno”.
Para peor la ONU observa, además, “con preocupación que la legislación interna no tipifique como acto punible toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial”, ante lo cual le pide a Guatemala “adoptar medidas efectivas para prevenir y combatir el discurso de incitación a la discriminación racial y las manifestaciones de racismo en los medios de comunicación, en particular en las redes sociales, e investigue y castigue a los autores, independientemente del cargo que ocupen”.
Los expertos solicitaron también se pongan en marcha mecanismos y que se adopten leyes, para “protección de la propiedad colectiva de los pueblos indígenas”, pues carecen de “certeza jurídica y garantías para la titulación, delimitación, demarcación y restitución de tierras y territorios que tradicionalmente han ocupado”; y reclamaron que terminen los “desalojos forzosos” de las zonas donde viven los indígenas, que suelen ser evacuados “sin la protección legal adecuada y en ocasiones mediante el uso excesivo de la fuerza”.
Con ello, la ONU instó a Guatemala a “garantizar la protección de los derechos que tienen los pueblos indígenas a poseer, utilizar, desarrollar y controlar con plena seguridad sus tierras, territorios y recursos, incluso mediante el reconocimiento legal y la protección jurídica necesarios de conformidad con los estándares internacionales”, y en respeto a sus derechos, costumbres, tradiciones y culturas.
Para la ONU, los pueblos indígenas deben gozar “del consentimiento, libre, previo e informado o de un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa”, de llevarse a cabo desalojos, estimando que el Estado debe ofrecerles “la opción de un lugar alternativo culturalmente adecuado o, cuando sea posible, la opción del regreso” a dichos lugares, sin olvidar “el acceso a recursos judiciales efectivos”, si se hubieren vulnerado sus derechos.
En su afán de dar seguimiento a las violaciones de los derechos humanos en tiempo real, la ONU urge a Guatemala a que “investigue de manera exhaustiva, imparcial y efectiva todas las denuncias de atentados contra la vida, la integridad física y libertad”, al igual que “actos de violencia, amenazas, hostigamiento, intimidación, acoso y difamación … contra lideres indígenas y defensores de los derechos humanos” que les son afines.
La ONU no pasa por alto que “se utilice indebidamente el proceso penal para la criminalización” de los militantes de la sociedad civil, “especialmente aquellos que se oponen a la realización de proyectos económicos a gran escala sobre” regiones de poblaciones autóctonas, procesos penales que, al propio tiempo, son utilizados para coartar la libertad de expresión de “los operadores de las radios comunitarias indígenas”.
Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.