La ONU pidió al Uruguay una política de Estado en favor de los discapacitados

La ONU pidió al Uruguay una política de Estado en favor de los discapacitados

El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pidió a Uruguay “que adopte un plan para la revisión, derogación, reforma y/o adopción de legislación y políticas, incluyendo la Constitución Política del Estado, con el objeto de reconocer a las personas con discapacidad como sujetos plenos de derechos humanos”, resume un minucioso dictamen difundido en Ginebra que recopila derechos universales válidos para todo el mundo.

Los cambios solicitados a Uruguay por este Comité, compuesto por 18 expertos independientes elegidos por los países que han ratificado la Convención de la ONU en la materia, constituyen una suerte de nuevo paradigma, que debería conducir a la adopción de “un mecanismo de consultas permanentes a personas con discapacidad a través de organizaciones, incluyendo a niños y niñas”, que implica modificaciones en “legislación, políticas y otros asuntos de su relevancia”.

Los discapacitados deben ser tratados en “igualdad y no discriminación”, afirma el Comité, para lo cual urge a que Uruguay tome “medidas que garanticen métodos accesibles para la denuncia de actos de discriminación por motivo de discapacidad, así como mecanismos de reparación”, que abarque “la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”, y “la prevención y sanción de la violencia en contra de mujeres y niñas con discapacidad”.

El Comité hace un llamado a la “toma de conciencia” que es necesario combatir “la discriminación y los estereotipos de las personas con discapacidad,” mediante “campañas” para sensibilizar a la opinión de la gente, que ayude a las personas con discapacidad a que reciban una “promoción”, valorándolos “como sujetos de derechos humanos ante la sociedad en general, los funcionarios públicos y los actores privados, incluyendo a los medios de comunicación”.

Los expertos llaman la atención que los discapacitados deben ser objeto de “un plan de acción para aplicar la accesibilidad en el transporte, el entorno físico, la información y la comunicación, conforme al diseño universal, tanto en zonas rurales como urbanas”, que cuente con “auditorias, plazos concretos y sanciones por incumplimiento, en donde se involucre a las organizaciones de personas con discapacidad en todas las etapas”, sin descuidar “su monitoreo”.

Al propio tiempo, el Comité exhorta a Uruguay a derogar “toda disposición legal que limite parcial o totalmente la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”, que se los apoye para que sean autónomos, y que no se los sustituya en las decisiones que los conciernen, poniendo como ejemplo “el acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, a ser propietarios, heredar bienes, créditos, hipotecas y toda la variedad de servicios financieros”.

En el mismo sentido los expertos recomiendan que se disponga la plena capacidad de participación de los discapacitados en “cualquier proceso”, convocando si fuere imprescindible “intérpretes de lenguas de señas, para garantizar” su efectivo desempeño “en las distintas funciones dentro de los procesos judiciales”.

En ese contexto, los expertos estiman que se imponen “garantías” particulares para los que sufren “discapacidad psicosocial o discapacidad intelectual, proporcionando los apoyos que requieran durante los procesos judiciales” y también a que “los centros penitenciarios sean accesibles y se realicen los ajustes razonables para las personas con discapacidad”.

La ONU considera además que debe prohibirse “la práctica de internamiento u hospitalización no consentido” por el discapacitado, quien tampoco debe ser “torturado”, ante lo cual resulta evidente que tendrá Uruguay que formular políticas preventivas para intentar impedirlo, al igual que frenar la “explotación, la violencia y el abuso” de las que pueden ser víctimas, hechos que de suceder, deben ser “investigados” y “juzgados”.

La salud de los discapacitados tendrá que ser protegida, alienta el Comité, que brega por el “consentimiento libre e informado” si debieran ser sometidos a “intervenciones quirúrgicas o tratamiento médico, particularmente los de carácter invasivo y aquellos con efectos irreversibles tales como la esterilización y la cirugías a niños y niñas intersex”.

Va de suyo para los expertos que los discapacitados deben poder gozar de “acceso (a) los servicios y apoyos necesarios, incluyendo la asistencia personal, con el objetivo de una vida independiente en la comunidad, todo esto en consulta con las organizaciones” que velan por su bienestar, y que reciban “toda la información pública destinada a la población en general”, concretamente aquella “referida a procesos nacionales y la relativa a situaciones de emergencia y/o desastres naturales”.

Tampoco los discapacitados deben ser limitados en cuanto al matrimonio, formar familia, tener hijos, y las mujeres gozar plenamente de la maternidad, al igual que disponer de plenos derechos a la educación, la salud en general, el trabajo, empleo, los niveles de vida adecuados y la protección social, y su participación en la vida política, principios universales que son obviamente válidos para Uruguay.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.