La ONU pide a Chile no aplicar Ley Antiterrorista contra mapuches por delitos contra la propiedad Mapuches en Chile. Foto: EFE/FHG

La ONU pide a Chile no aplicar Ley Antiterrorista contra mapuches por delitos contra la propiedad

El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas (CAT), encargado de vigilar el respeto de la Convención internacional en la materia, le recomendó a Chile “abstenerse de aplicar la legislación antiterrorista a personas acusadas unicamente de atentados contra la propiedad”, reza un documento publicado en Ginebra.

La recomendación se inscribe “en el marco de protestas en reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas”, aludiendo sin nombrarlos a los mapuches, contra los que se aplicó la Ley Antiterrorista 22 veces durante el segundo gobierno de la socialista Michele Bachelet (2014-2018), resume información periodística.

Integrantes de la sociedad civil vinculados a las poblaciones indígenas en Chile y Argentina, atribuyen a las creencias mapuches que tengan prohibidos cometer crímenes de sangre. « Uno de los lineamientos políticos se basa en el sabotaje a los bienes materiales de producción del capitalismo, no atacar ni matar a las personas. Respetar la vida humana aunque ellos si matan », afirmo una alta fuente mapuche sudamericana.

El CAT pidió también a Chile “enmendar su legislación para garantizar que los actos terroristas estén definidos de manera precisa y estricta con una clara delimitación de los bienes jurídicos que se busca proteger, y que las personas privadas de libertad acusadas de actos terroristas tengo acceso a las salvaguardias básicas contra la tortura, entre ellas el derecho a comparecer sin demora ante un juez”,

Al CAT lo integran diez expertos independientes, elegidos por el voto secreto de los 164 países que han ratificado la Convención contra la Tortura de la ONU de 1987, quienes actúan a titulo individual, de acuerdo a su capacidad académica, no cobran sueldo, solo se les rembolsan los viáticos.

Los expertos instaron además a Chile a que asegure “en la practica la inadmisibilidad de las confesiones o declaraciones obtenidas mediante tortura o malos tratos”, y pusieron como ejemplo “el caso de José Peralino Huinca, condenado junto a otras dos personas, todos ellos miembros del pueblo mapuche, por la muerte en 2013 del matrimonio Mackay, y que habría denunciado haber sido sometido a torturas con el fin de obligarlo a confesar”.

El CAT puso asimismo como ejemplo la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Norín Catrimán y otros vs Chile, … que dejó sin efecto ocho condenas por terrorismo dictadas por tribunales chilenos contra siete miembros del pueblo mapuche y una activista de los derechos de dicho pueblo, por hechos ocurridos entre 2001 y 2002 en las regiones de Biobío y la Araucania”.

A su vez, el CAT reiteró a Chile “derogar el Decreto ley de Amnistía núm. 2.191”, y a “velar por que sus leyes excluyan la posibilidad de conceder una amnistía a las personas declaradas culpables del delito de tortura o cualquier otro tipo de indulto que vulnere las disposiciones de la Convención”.

Dicha amnistía se refiere a los hechos de la dictadura militar 1973-1990 que liderara el General Augusto Pinochet, bajo la cual 3000 personas fueron asesinadas o desaparecidas, y otras 38.000 detenidas arbitrariamente y torturadas.

Por otra parte, éste Comité le dio a Chile el plazo de un año, para que le informe sobre “el establecimiento o designación de un mecanismo nacional de prevención de la tortura; muertes de menores y denuncias de torturas, malos tratos y abuso sexual en los centros residenciales de protección de la red del Servicio Nacional de Menores (SENAME); y, malos tratos a personas con discapacidad y de la tercera edad”.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.

 


 

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