La Argentina va a ratificar un tratado inútil con Suiza para combatir la evasión fiscal

La Argentina va a ratificar un tratado inútil con Suiza para combatir la evasión fiscal

Mientras los Estados Unidos, los países líderes de la Unión Europea, México, Uruguay, Colombia y Perú estan cerrando diferentes acuerdos con Suiza para avanzar hacia la transmisión automática de información bancaria sobre personas o empresas acusadas de sustraerse al fisco, el parlamento argentino tiene previsto confirmar un instrumento antagónico que hace ilusorio recuperar fondos de la evasión impositiva.

El proyecto fue inicialmente suscripto el 10 de noviembre de 2009 por el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de Argentina, Jorge Enrique Taiana, y la para entonces Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la Confederación Helvética, Carla del Ponte. El texto ya fue refrendado en el Senado y espera un tramite similar en Diputados. Su contenido no se despega del hoy caduco principio suizo de considerar que la evasión fiscal no es una infracción penal sino una falta administrativa debida a la negligencia o el olvido y redimible por multa.

Del 2008 al presente, en virtud de las sucesivas crisis financieras y económicas en los paises desarrollados, tras la quiebra de Lehman Brothers y el derrumbe bancario en el Viejo Continente, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Economicos (OCDE), apremiada por sus Estados miembros urgidos de dinero fresco para paliar sus deudas, le ha venido imponiendo a Suiza, que no forma parte de la Unión Europea, una profundización del desmantelamiento de su legislación sobre el secreto bancario, para que deje de amparar la huida de capitales que eluden al fisco en los paises desde donde emprenden la fuga.

Bajo amenazas de sanciones que habrian dañado a dos de las principales industrias suizas -la de sus bancos que operan en el exterior, y la de las exportaciones de productos manufacturados y servicios, fuentes escenciales de divisas para un pequeño país de 7 millones de habitantes que carece de materias primas-, Suiza comenzó a instaurar el nuevo principio que la evasión fiscal es un delito penal sin restricciones a partir del 13 de marzo de 2009, es decir ocho meses antes de impulsar contradictoriamente lo inverso con Argentina.

Lo hizo en esa fecha para no figurar en la lista negra del G20, que pocos dias más tarde, el 2 de abril de 2009, resolvió en su reunión de Londres «Adoptar medidas contra jurisdicciones no cooperativas, incluyendo paraísos fiscales. Estamos dispuestos a decidir sanciones que protejan nuestras finanzas públicas y sistemas financieros. La era del secreto bancario ha terminado. Señalamos que la OCDE ha publicado hoy una lista de países que el Global Forum considera contrarios a los estándares internacionales para el intercambio de información fiscal». (las negritas son del periodista).

Por esta razón la Confederación Helvética terminó reconociendo su obligación a colaborar con las autoridades judiciales extranjeras que requieren investigar la evasión fiscal, a las que antes del 13 de marzo de 2009 les respondía que eso no era posible porque dicha evasión, como se ha dicho, no era una infracción penal sino una falta administrativa redimible por multa, lo que impedía el cumplimiento de la llamada doble incriminación, vale decir que el hecho reprimido penalmente en un país lo fuera también en el otro.

Lo significativo del tratado que se apresta a aceptar la Argentina, es que la ratificación del parlamento suizo el 30 de septiembre pasado, no fue por unanimidad. Durante el debate en comisión, debieron apelar al voto para elevarlo a las Cámaras. Subió por 102 sufragios a favor y 4 en contra. Recién después lo convalidó el pleno de 43 senadores, aunque en diputados, 152 lo apoyaron y hubo 44 abstenciones.

La oposición a otorgar un aval a libro cerrado se debió a la hostilidad de los socialistas, la segunda fuerza política del país, descontenta que el pacto bilateral constituyera un retroceso en la abolición del secreto bancario que prescinde de cooperar contra la evasión fiscal internacional. El legislador federal socialista y portavoz del desagrado, Daniel Jositsch, dejó sentada en actas su disconformidad a que Suiza brindara en el tratado «la posibilidad de rechazar la asistencia judicial en caso de infracción fiscal sin estafa, contraria a la nueva estrategia en materia de plaza financiera».

La formula, en lenguaje técnico, trasluce la ideología dañina para los intereses de la República Argentina de lo consentido por el actual gobierno y los senadores, que tuvieron más de dos años para enmendarlo y no lo repararon. La vieja astucia helvética para salvar las apariencias, en el entendido que hay posibilidades de cooperación, cuando historicamente se verifica lo adverso, no fue erradicada del texto. El diputado Jositsch se encargó de revelarlo con exactitud.

Su declaración menciona inequivocamente el punto 1 c, del artículo 3 del tratado que se adjunta al pie, el cual estipula que «la asistencia mutua podrá ser dengada», «si la solicitud se refiere a infracciones fiscales, sin embargo el Estado requerido tiene la facultad de acceder a la solicitud si la investigación o el procedimiento se refiere a una estafa en materia fiscal. Si la solicitud se refiere sólo en parte a infracciones fiscales, el estado requerido puede limitar, para esa parte, la utilización de las informaciones y medios de prueba suministrados».

Mediante esta redacción supuestamente ambigua Suiza reflota la norma que, al propio tiempo, abandona con los Estados Unidos, la Unión Europea, y cuatro paises latinoamericanos, quienes estan siendo autorizados, sin condiciones, a revindicar recuperar activos de las cuentas helvéticas de sus ciudadanos que han soslayado el fisco. Esa retrograda norma consolida la antigua regla que solo se admite la colaboración judicial si el Estado que imputa aporta la prueba material que al cometerse la sustración fiscal, el autor se sirvió de las estratagemas de la estafa, o sea del engaño, la mentira a sabiendas o la trampa, siemépre y cuando el dolo estuviere reflejado en la falsificación de documentos, imperativo para probar la estafa. Aún se precisa, en la hipotesis que Suiza llegara a entregar datos solicitados para un sumario fiscal argentino, que los mismos solo podran ser explotados por los magistrados si la persecución penal es exclusivamente por estafa fiscal, concretamente si específicamente se dispone de una prueba documental.

Está palmariamente demostrado por la trayectoria de la cooperación internacional en materia fiscal que reunir esa prueba material no resulta factible porque el infractor debería confesarlo e implicitamente autoinculparse. Es inimaginable, o muy raro, que el delincuente va a dejar en su camino de evasor papeles firmados u otros indicios registrados en documentos que certifiquen la premeditación y alevosía de su voluntad criminal.

Tal como se vio precedentemente el G20 de Londres de hace tres años barrió con todos los subterfugios, siendo taxativo para con los paises que no acataran, una declaración de la que fue coautora la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien siete mes después no desautorizó al anciller Taiana, firmante de un tratado divergente e incompatible.

En paralelo a todo esto, contribuye a la confusión que desde el 23 de abril de 1997, Suiza y Argentina mantienen en la frontera de las exigencias ahora en vigor una Convención contra la Doble Imposición (CDI), aplicada provisoriamente desde 2001, con una hoy desactualizada revisión en 2006, protocolos lejanos en su alcance a lo concedido por Suiza el 13 de marzo de 2009, al proclamar que no había diferencias entre el fraude o la estafa y la sustracción fiscal, que todas eran una sola cosa y merecian el castigo penal.

Suiza estaría dispuesta a incorporar a la Argentina en un paquete de alrededor de 25 paises con los que podría renegociar ese tipo de convenciones pasadas de moda, tal vez una oportunidad para superar un tratado que no sirve para luchar contra la evasión fiscal. Entre tanto, no es temerario afirmar que el diputado suizo Jositch pensó en los intereses legítimos del Estado argentino cuando lanzó su significativa frase, para que el suyo ayude en todos los casos, con o sin estafa fiscal. Hay que ver ahora si sus colegas argentinos van a captar su mensaje y proceder en consecuencia.

Juan Gasparini, Ginebra, Suiza.

 


 

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